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Podrán participar de estas becas los estudiantes matriculados en la Universidad de Zaragoza que ya tengan acreditada ayuda económica relativa al programa de movilidad Sócrates-Erasmus durante el curso académico 2007-2008. Asimismo y en las mismas condiciones los estudiantes matriculados en otras Universidades fuera de Aragón con la condición de que estén empadronados en nuestra Comunidad Autónoma. La presentación de solicitudes finalizará el 22 de junio de 2007.
El procedimiento de concesión de las becas previstas en esta segunda convocatoria se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia y no discriminación.
El importe total de la beca será de 300€ mensuales con un máximo de nueve meses por curso, que se librará de la siguiente manera: el 50% se abonará al aprobarse la solicitud del estudiante, el restante 50% al finalizar el curso y el trabajo que tendrá que realizar el proponente. Este consistirá en un trabajo que tenga vinculación o utilidad expresa para Aragón y su entorno socioeconómico o cultural, de no menos de 30 folios o soporte informático referente al curso y materia que haya realizado en la Universidad de destino y una vez aprobado por la FUNDACIÓN DOSMILNUEVE. En caso de no aprobarse, el beneficiario se compromete a devolver el 50% ya percibido.
La presentación de las solicitudes se realizará en sobre cerrado con datos suficientes del proponente a:
FUNDACIÓN DOSMILNUEVE
Convocatoria Becas Complementarias
Apartado de Correos nº 233
50080-Zaragoza
Las solicitudes de subvención se acompañarán de la siguiente documentación:
- Declaración jurada del solicitante en la que se especifique si ha solicitado o no alguna otra ayuda para la misma actuación y, en su caso, si se ha concedido o no, indicando la cuantía y procedencia.
- Justificación de haber solicitado y concedido en la Universidad de Zaragoza, ayuda del programa Sócrates-Erasmus para llevar a cabo períodos de estudios reconocidos en instituciones asociadas de otros países miembros de la Unión Europea durante el curso 2007-2008.
- Expediente académico con indicación de las calificaciones cuali y cuantitativas obtenidas en el curso 2005-2006.
En el supuesto de solicitudes incompletas, se requerirá al interesado para que subsane la falta o aporte la documentación preceptiva en el plazo de diez días, transcurrido el cual, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
La evaluación de las peticiones se efectuará de conformidad con los criterios de valoración establecidos por la FUNDACIÓN DOSMILNUEVE.
La valoración de las solicitudes se realizará por una comisión de selección compuesta por miembros de la FUNDACIÓN DOSMILNUEVE.
Serán obligaciones de los beneficiarios de las subvenciones:
- Realizar la estancia en el extranjero en el marco del programa europeo Sócrates-Erasmus.
- Justificar ante la FUNDACIÓN DOSMILNUEVE la realización efectiva del programa de movilidad Sócrates-Erasmus y de las condiciones, en su caso, impuestas con motivo de la concesión.
- Facilitar a la FUNDACIÓN DOSMILNUEVE cuanta información precise para entender cumplida la obligación de justificación de la subvención.
- Conservar los documentos justificativos en tanto puedan ser objeto de comprobación y control.
- Comunicar a la FUNDACIÓN DOSMILNUEVE cualquier eventualidad que altere las condiciones que determinaron el otorgamiento de la subvención o dificulte el desarrollo de la actuación subvencionada.
La justificación de la actuación subvencionada se efectuará ante la FUNDACIÓN DOSMILNUEVE mediante la aportación, por parte del interesado, de la certificación de la Universidad donde se hayan realizado los estudios, sobre el cumplimiento del periodo de estancia y de las condiciones inherentes al programa y los compromisos adquiridos con la FUNDACIÓN DOSMILNUEVE, con el visto bueno o conformidad del coordinador del programa que tenga asignado el alumno, o bien, mediante la aportación de la documentación que acredite el cumplimiento de los objetivos propuestos por la FUNDACIÓN DOSMILNUEVE.
La documentación justificativa se presentará en el plazo de un mes a contar desde la efectiva conclusión de la estancia para la realización de estudios en el extranjero.
Se reitera la obligatoriedad de realizar un trabajo que será entregado al terminar el curso a la FUNDACIÓN DOSMILNUEVE y tras su aprobación se liquidará el 50% restante. Dicho trabajo pasará a ser propiedad de la Fundación, la cual podrá publicarlo o donarlo a instituciones.
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